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Administración de condominios y edificios

Administramos comunidades con el estándar que exige la Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria: cuentas claras, mantención planificada y decisiones tomadas donde corresponde, en la asamblea.

Servicios

Qué incluye la administración

Un servicio integral con responsable asignado, respaldo legal del estudio y reportes que el comité puede revisar línea por línea.

Gastos comunes y morosidad

Emisión y distribución mensual según prorrateo del reglamento, recaudación en cuenta exclusiva de la comunidad, y cobranza prejudicial y judicial de la morosidad con respaldo de nuestro equipo legal.

Asambleas y actas

Convocatoria en forma y plazo, control de quórum, conducción de asambleas ordinarias y extraordinarias, redacción del acta y reducción a escritura pública cuando la ley lo exige.

Reglamento de copropiedad

Revisión y actualización del reglamento para adecuarlo a la Ley 21.442, incluyendo normas de uso de bienes comunes, mascotas, arriendos de corta estadía y régimen de multas.

Mantención y proveedores

Plan anual de mantención de ascensores, bombas, grupo electrógeno, red seca y áreas verdes. Licitación de proveedores con al menos tres cotizaciones comparables.

Seguridad y seguros

Contratación y renovación del seguro obligatorio de incendio, protocolos de emergencia, plan de evacuación y coordinación con la empresa de conserjería y seguridad.

Personal de la comunidad

Contratos, remuneraciones, cotizaciones previsionales, turnos, feriados y finiquitos del personal contratado directamente por la comunidad, con cumplimiento laboral verificable.

Transparencia

Cuentas que cualquiera puede revisar

Los fondos de la comunidad se mantienen en una cuenta corriente exclusiva, separada de los recursos del administrador. Cada mes el comité recibe la rendición con el detalle de ingresos, egresos, saldo del fondo de reserva y estado de la morosidad.

Los copropietarios acceden en línea a su estado de cuenta, al gasto común del mes, a las actas de asamblea y a los contratos vigentes con proveedores.

Pedir una propuesta

Cambio de administración

Cómo es el traspaso

Cambiar de administrador no tiene por qué ser traumático. Este es el proceso que seguimos, y suele completarse dentro del primer mes.

1

Diagnóstico de la comunidad

Revisamos reglamento, actas, estado financiero, morosidad, contratos vigentes y estado de mantención antes de presentar cualquier propuesta.

2

Propuesta ante la asamblea

Presentamos alcance, honorarios y plan de trabajo directamente a los copropietarios, que deciden por votación conforme al quórum legal.

3

Recepción formal del cargo

Acta de traspaso con inventario de documentación, llaves, saldos bancarios, deudas pendientes y estado del fondo de reserva.

4

Puesta en marcha

Regularización de lo pendiente, primer gasto común emitido y plan de mantención presentado al comité dentro de los primeros 60 días.

Preguntas frecuentes

Consultas del comité y los copropietarios

¿Qué quórum se necesita para cambiar de administrador?

La designación y remoción del administrador se resuelve en asamblea de copropietarios. El quórum aplicable depende de lo que establezca el reglamento de copropiedad y la Ley 21.442 según el tipo de materia. Revisamos su reglamento y le indicamos exactamente qué mayoría necesita antes de convocar.

¿Se puede cobrar judicialmente los gastos comunes impagos?

Sí. El aviso de cobro de gastos comunes, firmado por el administrador, tiene mérito ejecutivo, lo que permite iniciar una cobranza judicial sin juicio declarativo previo. Antes de llegar a esa instancia agotamos la vía prejudicial: convenios de pago formalizados y seguimiento mensual.

¿Es obligatorio el fondo de reserva?

Sí. La ley obliga a mantener un fondo común de reserva destinado a reparaciones, mantenciones mayores y gastos imprevistos, que se forma con un porcentaje del gasto común, las multas y los intereses aplicados. Lo administramos en cuenta separada y su saldo se informa todos los meses.

¿Qué pasa si el administrador anterior no entrega la documentación?

El administrador saliente está obligado a rendir cuenta y entregar los antecedentes de la comunidad. Si no lo hace, requerimos formalmente la entrega y, de persistir la negativa, presentamos la acción correspondiente ante el juzgado de policía local. Es parte del servicio y no tiene costo adicional.

¿Administran condominios pequeños?

Sí. Trabajamos desde comunidades de 12 unidades hasta condominios de más de 300. Para comunidades pequeñas ofrecemos un plan reducido, centrado en gastos comunes, asambleas y cumplimiento legal, con honorario proporcional.

¿Su comunidad necesita otra administración?

Cuéntenos cuántas unidades tiene el condominio y qué problemas está enfrentando. Preparamos una propuesta con honorarios y plan de trabajo, sin compromiso.

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