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Arrendamientos

Contratos de arriendo habitacional y comercial, garantías, incumplimientos y restitución del inmueble. Para propietarios y para arrendatarios.

Qué comprende

El arriendo es el contrato que más se firma y menos se revisa

Es también el que más tiempo dura y el que más conflictos genera: rentas impagas, garantías retenidas sin fundamento, reparaciones que nadie sabe a quién corresponden, inmuebles que no se restituyen. Casi todos esos problemas se originan en un contrato que no dijo nada al respecto.

Asesoramos a propietarios y arrendatarios en la preparación, revisión y ejecución de estos contratos, y en los conflictos que surgen mientras están vigentes o al momento de terminar.

El contrato

Renta y reajuste, plazo y renovación, garantía y condiciones de devolución, destino del inmueble, subarriendo, mascotas, reparaciones locativas y quién asume cada gasto. Habitacional y comercial se redactan distinto.

Entrega y estado del inmueble

Inventario de entrega con registro fotográfico, lectura de medidores y constancia del estado de terminaciones. Es el documento que decide, dos años después, si la garantía se devuelve completa o no.

Incumplimientos

No pago de rentas o de gastos comunes, destino distinto del pactado, daños al inmueble, subarriendo no autorizado. Evaluamos la vía más rápida según el contrato y el monto en juego.

Término y restitución

Término anticipado, desahucio, procedimiento de restitución del inmueble y cobro de rentas adeudadas, incluida la representación judicial cuando el arrendatario no entrega voluntariamente.

Para el propietario

Recuperar un inmueble arrendado toma más tiempo del que se cree

Cuando el arrendatario deja de pagar y no se va, la recuperación pasa por un procedimiento judicial cuyo plazo depende del tribunal, de la forma de notificación y de cómo esté redactado el contrato. Un contrato que previó la notificación y designó tribunal competente acorta ese camino de manera concreta.

Por eso la mejor intervención es la primera: un contrato bien construido y una entrega bien documentada valen, llegado el conflicto, mucho más que cualquier gestión posterior.

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Preguntas frecuentes

Dudas habituales

El arrendatario no paga. ¿Puedo cambiar la chapa?

No. Impedir por vía de hecho el acceso al inmueble expone al propietario a acciones en su contra, incluso teniendo la razón de fondo. La restitución debe obtenerse por la vía que corresponde, y el primer paso es revisar el contrato para determinar cuál es y cuánto puede demorar.

¿Puedo retener la garantía por los daños del inmueble?

Depende de lo pactado y, sobre todo, de si puede acreditarse el estado en que se entregó el inmueble. Sin inventario ni fotografías de entrega, la discusión se vuelve palabra contra palabra y la retención suele terminar siendo indefendible. Con inventario, casi nunca hay discusión.

¿El contrato de arriendo debe firmarse ante notario?

No es obligatorio para su validez, pero la firma ante notario da fecha cierta y facilita la prueba, lo que importa mucho si hay que reclamar. En arriendos comerciales o de montos altos, es una precaución que se justifica.

Soy arrendatario. ¿También me pueden asesorar?

Sí. Revisamos el contrato antes de firmar, evaluamos cláusulas de término anticipado, reajustes desproporcionados o gastos que se pretenden trasladar sin fundamento, e intervenimos cuando el propietario incumple sus propias obligaciones. En cada caso representamos a una sola parte.

¿Cuánto demora recuperar un inmueble por no pago?

No hay un plazo único: depende del tribunal, de la carga que tenga, de la forma en que se logre notificar y de si el arrendatario opone defensas. Al evaluar el caso le damos un rango realista, no una promesa. Lo que sí acorta el camino es un contrato bien redactado desde el inicio.

¿Qué debería contener un contrato de arrendamiento?

La renta y su reajuste, el plazo y la forma de renovarlo o de terminarlo, el monto y el destino de la garantía, el estado en que se entrega el inmueble, quién paga cada gasto y servicio, y qué usos están permitidos. En un departamento conviene además dejar constancia de las reglas del condominio que el arrendatario deberá respetar.

¿Ofrecen administración del arriendo una vez firmado el contrato?

Sí. Después de encontrar al arrendatario y firmar el contrato, la propiedad puede quedar bajo administración: cobro de la renta, seguimiento de los pagos, coordinación de reparaciones y gestión del término y la restitución cuando corresponda.

Ver administración de arriendos →

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¿Va a arrendar o tiene un conflicto con un arriendo?

Cuéntenos la situación y le indicamos qué corresponde hacer, en qué plazo y con qué antecedentes.

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