1. Revisión previa
Estudio de los títulos y de la situación registral del inmueble antes de que exista cualquier compromiso. Es el momento en que todavía se puede negociar, exigir o retirarse sin costo.
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Acompañamiento jurídico de la operación completa: desde la revisión previa hasta la inscripción del inmueble a nombre del comprador.
Termina cuando la inscripción queda practicada a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces. Entre la decisión de comprar y ese momento hay una secuencia de pasos —revisión, promesa, financiamiento, escritura, pago, inscripción y entrega— en la que cada uno depende del anterior y cualquiera puede detener la operación.
Acompañamos esa secuencia completa, para el comprador o para el vendedor, coordinando con notaría, banco y Conservador de modo que los plazos no se pierdan entre intermediarios.
Estudio de los títulos y de la situación registral del inmueble antes de que exista cualquier compromiso. Es el momento en que todavía se puede negociar, exigir o retirarse sin costo.
Redacción o revisión de la promesa de compraventa: arras, multas, condición suspensiva por crédito hipotecario, plazos de escrituración y de entrega material.
Coordinación con el banco, revisión de las exigencias del estudio de títulos de la entidad y control de que los plazos del crédito calcen con los plazos pactados en la promesa.
Redacción o revisión de la escritura de compraventa, condiciones de pago y de liberación de fondos, firma en notaría e ingreso al Conservador.
Seguimiento del trámite hasta que la inscripción quede practicada y verificación de que quedó correctamente extendida. Es el paso que efectivamente transfiere el dominio.
Acta de entrega material, estado del inmueble, lectura de medidores y verificación de que no queden deudas de servicios ni de gastos comunes a cargo del comprador.
Las compraventas que se frustran rara vez lo hacen porque las partes no se pusieron de acuerdo en el monto. Se caen porque el vendedor no tenía inscrito el inmueble a su nombre, porque apareció una hipoteca de un crédito ya pagado, porque la ampliación no tenía recepción municipal o porque el crédito se aprobó dos semanas después del plazo de la promesa.
Todos esos problemas son detectables antes de firmar. Ninguno se resuelve bien después.
Antes de firmar la promesa, no antes de la escritura. La promesa ya define el precio, los plazos, las multas y las condiciones de salida: cuando llega la escritura, casi todo está decidido. Involucrarnos en la etapa previa es lo que permite corregir algo.
Depende de cómo esté redactada la promesa. Si se pactó una condición suspensiva por crédito, correctamente formulada y con plazo suficiente, la operación termina sin multa y con devolución de lo entregado. Si no se pactó, el comprador puede perder las arras. Es una de las cláusulas donde más dinero se pierde por no revisarla.
Puede tenerla, según la naturaleza del defecto, si era conocido u ocultable, lo que declaró el vendedor en la escritura y el tiempo transcurrido. Los plazos para reclamar son acotados, de modo que conviene revisarlo apenas se detecta el problema y no después de intentar arreglarlo por cuenta propia.
Sí. La asesoría al vendedor tiene un foco distinto: dejar los títulos en regla antes de publicar, resguardar la forma de pago y evitar quedar expuesto a reclamos posteriores a la entrega.
No. Esta área es la asesoría jurídica de la operación. La comercialización de la propiedad —tasación, publicación, visitas, negociación— es un servicio distinto, que en Rojas Legal corresponde a Propiedades. Pueden contratarse juntos o por separado.
Los títulos de dominio del período que se revisa habitualmente, el certificado de dominio vigente, el de hipotecas, gravámenes y prohibiciones, el certificado de deuda de contribuciones y, en un departamento, el de gastos comunes al día. Si el inmueble está en un condominio, además el reglamento de copropiedad, que puede restringir usos que usted daba por hechos.
Sí. La asesoría cubre las seis etapas descritas más arriba, desde la revisión previa hasta la entrega material del inmueble, incluyendo la coordinación con el banco y con la notaría cuando la operación lo requiere.
El caso particular de comprar una propiedad que todavía no existe.
La revisión previa con la que parte toda compraventa segura.
La promesa y la escritura que estructuran la operación.
La comercialización del inmueble, con respaldo jurídico incorporado.
Cuéntenos en qué etapa está la operación y le indicamos qué conviene revisar ahora, antes de que los plazos limiten las alternativas.